este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara extinguida la sanción de Libertad Asistida , Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, impuestas al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, mediante sentencia dictada en fecha 23 de mayo de 2006 por el Tribunal Segundo de Control de esta Sección, en virtud de haberlo declarado penalmente responsable por la comisión del delito de Robo Propio. Notifíquese a las partes y a los familiares del sancionado. Ofíciese a la delegada del Centro de Libertad Asistida, Institución a quien este Tribunal encomendara la orientación y supervisión del cumplimiento de la sanción. Hágase lo conducente. Cúmplase.-