DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE PRIVATIVA DE LIBERTAD CON COMPUTO al joven IDENTIDAD OMITIDA, el cual fue declarado responsable penalmente por Sentencia del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, condenado a cumplir PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES, en consecuencia quedó fijado para el día 26/09/2013 a las 12:00 horas del medio día para la Imposición de esta Ejecución de Sentencia con su respectivo Cómputo con la orden de reclusión para La Penitenciaria General de Venezuela (PGV) Estado Guárico, todo conforme a los artículos 634, 646 y 647 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía conforme al artículo 472 del COPP. Cítese a la Defensa Pública, a la repre.....