DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA y en consecuencia: PRIMERO SE CESA la sanción DE SERVICIO COMUNITARIO que cumplió por Cuatro (4) meses y SEGUNDO: MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS debiendo continuar con las demás obligaciones por el tiempo dispuesto, pudiendo otorgarle un Cese por total cumplimiento en la próxima revisión si es bien satisfactorio su Evolución, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PERE.....