DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, a las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de Presentaciones para ambas extendiéndosele a cada Treinta (30) días siguiendo cumpliendo ante la Jefatura Civil Parroquia el Junko, debiendo continuar con las demás obligaciones por el tiempo dispuesto y culminar el Servicio Comunitario debiendo para Cesarla en su oportunidad legal, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIO DE EJECUCION
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