DISPOSITIVA
Visto el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, el cual por Sentencia en admisión de hechos fue declarado responsable penalmente del delito de ROBO GENERICO y fue condenado a cumplir simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (2) MESES y en consecuencia quedó fijado para el día martes 06/05/2014 a las 11:30 horas de la mañana a la Imposición de esta Ejecución de Sentencia con todas sus orientaciones, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía conforme al artículo 472 último aparte del COPP. Cítese al Defensor Público, al sancionado conjuntamente con su representante legal y ofíciese al Cen.....