DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: NUEVO COMPUTO, de conformidad con los artículos 482 del COPP y 628 de la LOPNA, faltando por cumplir de la sanción dos (02) años, siete (07) meses y diecinueve (19) días, contados desde la publicación del presente computo. Asimismo se ordena notificar a las partes, y oficiar al Internado Judicial del Paraíso, anexando al mismo el nuevo cómputo.
Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Cítese a la Defensa, al joven sancionado y a la Delegada de Libertad Asistida.