PRIMERO: Al momento de realizar la audiencia ut supra identificada, la representación del Ministerio Público señalo:
"...Vista la exposición de la defensa y del joven sancionado, el Ministerio Público, visto los hechos por los cuales el adolescente fue sancionado que es un Homicidio, es un delito grave, si bien es cierto que el joven tiene que resarcir el daño causado, también no es menos cierto, que en el área Psicológica manifiesta que el joven le falta internalizar, considera el Ministerio Público que todavía esta muy premeditado darle la libertad al joven, considera el Ministerio Público que el joven debe internalizar un poco mas el daño causado, es por lo que me niego a que se le aplique una medida no privativa de libertad en esta audiencia de revisión de medida. Finalmente solicito copia del acta que desarrolla la presente audiencia, es todo". Por su parte la representación de la defensa pública alego: "...Ratifico la solicitud de revisión de medida que ha sido presentada o.....