D I S P O S I T I V A
En virtud de lo antes expuesto y con fuerza en los razonamientos precedentemente esgrimidos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLINA LA COMPETENCIA en fase de Ejecución de Sentencia, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, al Tribunal de Ejecución sección adolescentes del Circuito Judicial del estado Miranda, extensión Cúa, todo de conformidad con los artículos 80 del Código Orgánico Procesal Penal, 614 y 630 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que asuma el control y supervisión en la ejecución de sanción.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese la presente decisión. Remítase la causa principal seguida al joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, al Presidente del Circuito Judicial Penal del estado .....