DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVISA la sanción de Privativa de Libertad impuesta al joven IDENTIDAD DESCONOCIDA, y DECLARA CON LUGAR la SUSTITUCION de la Privativa de Libertad por LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA para que las cumpla de manera simultánea por 11 MESES y 21 DIAS, con las siguientes obligaciones 1.- Presentarse cada ocho (08) días ante el Centro de Orientación; 2.- Reintegrarse a los estudios y al sistema laboral presentando constancia al efecto; 3) Prohibición de salir fuera de su residencia después de las 9 de la noche salvo que sea acompañado de un adulto; 4) no acercarse a las víctimas ni familiares de este procedimiento ni amenazas de ningún tipo, debiendo culminar sus sanciones el 20/08/2014, por lo que se acuerda su Liber.....