DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Auto de de Sanción al jóvenes IDENTIDAD OMITIDA, conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNA, el cual fue declarado responsable penalmente por Sentencia Definitivamente firme del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, cometido en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y finalmente el delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, en consecuencia queda fijado para el día 19/06/2008 a las 01:00 horas de la tarde, la Imposición de esta Ejecución de Sentencia, con todas sus orientaciones.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese. Líbrese la correspo.....