PRIMERO: modificar la sanción impuesta al adolescente: Identidad Omitida: por la sanción de Libertad Asistida, Reglas de Conducta ; las cuales consistirán en: incorporarse al sistema educativo, no portar armas de fuego ni blancas, no acercarse a la víctima de la presente causa y presentarse ante la Unidad de Libertad asistida cada Ocho (08) días por el lapso de dos (02) años); y la sanción de Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (06) meses; de conformidad con los artículos 626, 624 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente