Acuerda No modificar la sanción impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; titular de la cédula de identidad N° 18.536.361; por cuanto tomando en cuenta la entidad del delito cometido como lo es el Homicidio y la sanción impuesta quien en estos momentos juzga considera que el adolescente de autos debe continuar con su proceso de desarrollo intramuros y demostrar que el mismo ha obtenido condiciones favorables para su resocialización.. Quedan notificadas las partes con la lectura y firma de la presente acta.