Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero de Prima Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA La formula Alternativa de cumplimiento de pena referida al Trabajo Fuera del Establecimiento Penal, acordado por este Tribunal en decisión de fecha 04 de Junio de 2009 al penado ciudadano JOSE LUIS LEMES ORIVE, de nacionalidad Española, natural de Las Palmas de la Gran Canaria, España, nacido en fecha 27 de enero de 1974, de 36 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Alfredo Calderon N° 08, Las Palmas, Gran Canarias, España y portador del Pasaporte N° AD857636, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber incumplido injustificadamente las obligaciones a la que se comprometió con el tribunal.