En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL POR MEDIDA HUMANITARIA, al penado LUIS BERCOWSKY GRABARNICOW, titular de la cédula de identidad No. V-3.174.976, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal, al estar acreditados en autos los extremos legales exigidos por el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal.