Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena. Al respecto se observa.
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el día 24 de Noviembre de 2004, a las Veintidós (22) Horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el día 24 de Julio de 2005, a las Veintidós (22) Horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplió el día 24 de Marzo de 2008, a las Veintidós (22) Horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas partes (3/4) de la pena, la cual cumplirá el día 24 de Noviembre de 2008, a las Veintidós (22) Horas.
La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el día 30 de Octubre de 2010, a las Veintidós (22) Horas.