En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano ENRIQUE VALVERDE ALONSO, de nacionalidad Española, natural de Madrid, donde nació en fecha 02 de Mayo de 1971, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Enrique Valverde (f) y de Maria Luisa Alonso (f) domiciliado en Narvos del Castillo casa N° 12, Madrid, España, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de Cinco (05) Meses
Publíquese, diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado al penado y efectúese un nuevo cómputo de p.....