En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, como fórmula alternativa del cumplimiento de la pena, al penado JENIVAL HORACIO OLIVEIRA, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal