Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana GLORIA ALEJANDRA ROJAS ARIAS, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 02 de Junio de 1973, de 34 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de Pedro Rojas (v) y de Gloria de Rojas (f) titular de la cédula de identidad N° V-13.223.304, de conformidad con lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 60 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordándole un régimen de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y CUATRO (04) DIAS, quedando obligado a cumplir las co.....