Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado JORGE ANTONIO MONTILLA SAAVEDRA, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, donde nació en fecha 25 de Enero de 1969, de 39 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de Juan Montilla (f) y de Cristina Saavedra (v), domiciliado en Canaima, Parte alta de Mañonga, casa S/N°, al lado del kiosco Lara, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad N° 11.061.593, de conformidad con lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, acordándole un régimen de prueba UN (01) AÑOS, SIETE (07) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS, quedando obligada a cumplir las condiciones establec.....