Por todos los razonamiento antes; este Tribunal de Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano EDWIN MANUEL BLANQUICET BARRAZA, quien es de nacionalidad Colombiana, natural de Cartagena, Colombia, nacido en fecha 11 de Noviembre de 1973, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Analista de Sistema, hijo de Esteban Barraza y Carmen Alicia Blanquicet, residenciado en Calle 23, con 26-13 Cartagena, Colombia, S. Felice Latina y titular de la Cédula de Identidad Nº E-8.777.846; por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito.....