Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 272 constitucional, artículos 20, 52 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado ORLAYKER JOSÉ DÁVILA CISNEROS, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira Estado Vargas, donde nació el 24-12-1988, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en Simetaca, calle Bolívar, casa s/n, Montesano, Estado Vargas Y titular de la cédula de identidad Nro. V-19.273.128, por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, que sería de SIETE (07) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, en la localidad del Municipio Valencia, Estado Carabobo, de conformidad con lo establecid.....