En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano RONALD JOSE BELLORIN RODRIGUEZ, RONALD JOSE BELLORIN RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, donde nació en fecha 11 de Abril de 1989, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Militar, domiciliado en Barcelona Tronconal, Calle 4, Vereda 14, N° 09, Estado Anzoátegui, hijo de Bellorin Reinaldo (f) y de Flor Rodríguez (v) titular de la cédula de identidad Nro. V-20.125.586, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.