ACUERDA LA ACUMULACIÓN DE LAS PENAS impuestas al ciudadano YEHUDY FRANKLIN CORONADO CONTRERAS, en las causas signadas con los Nos. 1865-06 y WJ01-P-2002-000055 de conformidad con lo establecido 479, numeral 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 del Código Penal, determinándose que dicho ciudadano debe cumplir en definitiva la pena de CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 457, en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal Vigente y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACION, tipificado y penado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores.