Al ciudadano penado DEIVIS ANTONIO VEGAS GUILLEN, se le condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de CINCO (05) MESES y DOS (02) DIAS, que sumados a unas redenciones efectuada en fecha 23-06-2011 por el lapso de CINCO (05) MESES, NUEVE (09) DIAS CON DOCE (12) HORAS, 08-06-2012 por el lapso de CINCO (05) MESES Y ONCE (11) DIAS mas la pena que ha cumplido intramuros hasta el día de hoy, resulta un total de CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES y VEINTIUN (21) DIAS, siendo la pena que le falta por cumplir un tiempo de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y NUEVE (09) DIAS, la cual cumplirá en fecha: 15/07/2017, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 07/11/2008, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual .....