En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA RÉGIMEN ABIERTO al penado JOSE ANDRES ANGULO GONZALEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 11-05-1969, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario público, domiciliado en la avenida La Costanera, urbanización Palmar Este, quinta Villa Marina, estado Vargas e identificado con cédula de Identidad Nro. V-9.996.794, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en los artículo 479, numeral 1º y 500, segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar en el Centro de Pernocta para Destacamentarios, "Lic. Elena Aray", situado en el Paraíso, Caracas.