En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano DIONICIO NICOLAS DE LEON, quien dice ser de nacionalidad Dominicana, natural de Bari, República Dominicana, nacido en fecha 18/02/1954, de 51 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Soldador, titular de la cedula de identidad N° 10.386.360, hijo de Ana Silva De León (V) y de Juan Borbón (F) y con residencia en: De Quebrada a Pescador, Parroquia San Juan, casa N° 29, cerca del Periódico El Universal, entre San Martín y Baralt, conforme a lo previsto en los artículos 479 encabezamiento en concordancia con el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.