Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, la solicitud interpuesta por el ciudadano penado JOSE DANIEL VIVAS MARULANDA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.934.307, plenamente identificado en autos, en el sentido que este despacho autorice el Permiso Especial de tres meses y medio (106 días) para ausentarse preventivamente de su centro de pernocta actual "Lic. PIEDAD LEONOR RODRIGUEZ AVENDAÑO" Estado Mérida, desde la fecha 01/09/2012 al 17/12/2012, a su residencia en la ciudad de Mérida, el arenal, Urbanización Don Perucho, Av. #. 05, casa #. 305 Teléfono 0274-2441297, al cuidado de su representante JOSE VICENTE VIVAS MARQUEZ, en conjunto con la Federación Venezolana de Triatlón, y asista al Campeonato Nacional qu.....