Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano penado FERNANDO JOSE CASTILLO TORRES, de nacionalidad venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, donde nació en fecha 16-01-1982, de 28 años de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario de Transito, hijo de Fernando Castillo (v) y de Ana Mercedes Torres (f) domiciliado en Urbanización Torabana 3, Sector 2, Vereda 22, Casa Nro. 05, Cabudares Estado Lara, con el numero telefónico 0251-770-8876, de conformidad con los artículos 479, numeral 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el plazo de Régimen de Prueba de Un (01) año contado a partir de que conste en autos su imposición de la presente decisión, quedando oblig.....