En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, considera procedente y ajustado a derecho REVOCAR LA MEDIDA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL, a la penada PAMELA JEAN HONER, Titular del Pasaporte N° 401297859, de nacionalidad estadounidense, natural de Florida, Estados Unidos de América, nacida el 09-09-1962, de estado civil casada, de profesión u oficio enfermera, hija de Mary Honer y Eidde Honer. Y ASI SE DECIDE.