Con base a la motivación precedente este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA el otorgamiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena relativa a la LIBERTAD CONDICIONAL, en la presente causa seguida al penado JESUS ALBERTO GUTIERREZ MAITAN, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido el 03/04/1983, de 24 años de edad, de de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en el Barrio Cojo, Calle 23 de Julio, Estancia La Peña, Parte Alta, Casa s/n, Macuto, Estado Vargas y Titular de la Cédula de Identidad N° 16.308.446, en virtud de que están llenos los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.