En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD de la ciudadana LEIDA ANGEL DE NIÑO, plenamente identificada en autos; contra quien se llevó proceso por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de haber cumplido la pena impuesta mediante sentencia definitivamente firme dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se le REBAJO la pena a OCHO (08) AÑOS DE PRISION, así como a las penas accesorias establecidas en los artículo 16 del Código Penal vigente