Visto el Nuevo Computo de Pena, efectuado a la penada NELLY MARGARITA DI MARIACHI SOLANO, titular de la cedula de identidad N° 8.867.734, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Ciudad Bolívar, nacida en fecha 26/06/60, de 46 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio comerciante, residenciada en la Urb. Los Coquitos, vereda 49, sector 1, casa N° 04, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, en virtud de la redención; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, observa que en el citado auto hubo error en la fecha en la cual el referido penado, cumpliría la pena en su totalidad, siendo lo correcto 01/04/2013, en corolario y de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a la revisión del mismo por ser necesario en virtud de nuevas circunstancias. En consecuencia, pasa a efectuar el NUEVO COMPUTO DE DETENCION, en los términos sigu.....