Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano penado CARLOS EVELIO ECHARRY LADERA, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 20.781.885, de nacionalidad venezolano, nacido en La Guaira, fecha de nacimiento 26-09-1981, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil; procediendo de conformidad con los artículos 479, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, 272 constitucional y 20, 52 y 56 del Código Penal, y culminara la pena, hasta el día 22/04/2013.