En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado ALVARO JOSE ACOSTA quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, nacido en fecha 25/11/1998 de 24 años de edad, hijo de Rafael Rodríguez (f) y de Miriam Acosta (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.-19.291.695, residenciado en la Parroquia Naiguatá, Camuri grande, calle las uvas, casa s/n Estado Vargas, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 478 y 277 todos del Código Penal.