Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguiente pronunciamientos: DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano JAVIER PEROZA PEÑA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 26-06-1977, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Carmen Peña y Javier Peroza, residenciado en el Barrio 27 de Julio a dos cuadras de la Jefatura de Caraballeda, casa Nº 03, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas y Portador de la cédula de identidad Nº 13.571.533, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÒN, como autor responsable de la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Vigente, con el agravante contenido en el ar.....