En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana penada ANA MARIA BORGES DE LAOIZA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 07/06/1955, residenciad en el Ocumare del Tuy, primera transversal, calle campo Elías, Caracas Nº 37 y titular de la Cédula de Identidad No. V.-5.000.183, antes identificada, por cumplimiento de la pena impuesta