Primero: DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, al ciudadano LUIS RICARDO PIMENTEL, de CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, por cumplimiento en exceso de la sanción impuesta y acuerda su LIBERTAD PLENA; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal; Segundo: DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano LUIS RICARDO PIMENTEL, por la presunta comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 281 y artículo 175 todos del Código Penal; en virtud de la sentencia absolutoria a su favor, de fecha 03 de mayo de 2010.