Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano PEDRO JOSE MARCANO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.071.440, quien es de nacionalidad venezolano, donde nació el 13-12-1973, residenciado en Catia la Mar, calle Real Mirabal, casa Nº 13, Estado Vargas, mediante sentencia dictada 18-10-2001 por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, Ordinal 1, del Código Penal derogado, conforme a lo establecido en el artículo 103 único aparte ejusdem, al haber fallecido en fecha 22-05-2012