En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD CORPORAL del ciudadano GIOVANNY RAMIREZ DELGADO, venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la Cédula de Identidad Nº 9.234.369, en virtud de haber cumplido en su totalidad la pena corporal impuesta, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad.