En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana penada YOBELIS JUDITH BERTEL, quien es de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, e identificada con la Cédula de Identidad Nº 15.280.651, donde nació 14-09-1979, de 30 años de edad, de estado Civil soltera, de profesión u oficio Obrera, residenciada en la Zona rural Turgua, Puerta Negra, casa Nª 09, Municipio el Hatillo, Estado Miranda; por cumplimiento de la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas