Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con los artículos 479, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, 272 constitucional y 20, 53 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA, a la ciudadana penada VERUSHKA DEL CARMEN TINOFECEN BARRIOS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, estado Carabobo, e identificada con cédula de Identidad Nro. V-15.901.045, ampliamente identificado, suficientemente identificado, en auto hasta el día 04 de Julio de 2015.