Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana penada THAINA DIAZ MEZA, venezolana, natural de la Guaira, y titular de la cédula de identidad Nro. 13.827.373, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, numeral 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 177 de la Ley Orgánica de Drogas, fijándose el plazo de Régimen de Prueba hasta el 17-11-2012, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la REVOCATORIA del beneficio otorgado.