Al del ciudadano penado JOAN MANUEL GONZALEZ PEREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.676.658, se le condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de CUATRO (04) MESES, DOCE (12) DIAS CON DOCE (12) HORAS, que aunado a la pena que ha cumplido hasta el día de hoy resulta un total de DOS (02) AÑOS, UN (01) MES y DIECISEIS (16) DIAS, siendo la pena que le falta por cumplir un tiempo de TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y CATORCE (14) DIAS, la cual cumplirá en fecha: 14-08-2016, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 26-12-2011, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 14-02-2013
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir un.....