Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del penado ELIX FERLEY PEÑA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.517.716, quien es de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Mérida, donde nació el 23-04-1980, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Avenida las Américas, Residencia Monseñor Chacon, apartamento 2-J Frente al terminal, Estado Mérida, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como al cumplimiento de las penas a.....