DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana CASTRO ORELLANA ALBA ISABEL, arriba identificada, por cumplimiento de la pena impuesta por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se ordena la tramitación correspondiente a objeto de efectuar la expulsión del territorio a la cual fue igualmente condenada mediante sentencia definitivamente firme, conforme al artículo 61 numeral 1 ejusdem.