DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano CESAR JESÚS CURVELO ROJAS, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira Estado Vargas, nacido el 12-11-1987, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 19.797.933, por la comisión del delito de por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en concordancia con el articulo 103 ambos del Código Penal, al quedar suficientemente demostrado en autos, que el ciudadano CESAR JESÚS CURVELO ROJAS, falleció en fecha 07-04-2012.
Diarícese, publíquese, notifíquese a las partes, déjese copia y líbrese oficio al Departamento de Sanciones Penales de la Dirección de Custodia y Re.....