OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, al ciudadano JOSE LUIS ZAPATA SANCHEZ quien es de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento el 04-02-1978, edad 30 años, profesión u oficio del buhonero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.966.238, plenamente identificado en autos, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta el día 15 de mayo de 2010, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del Beneficio otorgado.