DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al penado CARLOS ROMÁN MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.529.584, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de la Azulita, estado Mérida, donde nació el 13-02-1979, de profesión u oficio estudiante, hijo de Román Contreras y de Carmen Méndez, de estado civil soltero, residenciado la Finca Obismo Ramos de Lara, estado Mérida, en virtud del cumplimiento de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04-09-2009, en relación con el contenido de los artículos 24 y 272, ambos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en la disposición final 5º de la Reforma.....