DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA el pedimento formulado por el penado ANTONIO JOSÉ MILLÁN TORREALBA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 25-05-1978, de 34 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio funcionario policial, hijo de Maria Virginia Torrealba (v) y de Antonio José Millán Mata (v), titular de la cédula de identidad número V-13.952.721, residenciado en Catia, Casalta 3, Barrio Raúl Leoni, Escalera C, N° 015, Parroquia Sucre, Libertador, Caracas, Distrito Capital, mediante el cual solicita se le extienda el régimen de presentaciones todo de conformidad con los artículos 250 y 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se extiende el régimen de presentaciones impuesta,.....