OTORGA EL REGIMEN ABIERTO en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, al ciudadano HUGO JOSE BLANCO SOTO, de nacionalidad venezolana, natural de Mérida, donde nación en fecha 17-08-1954, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-4.112.791, Residenciado en La Calle 19 entre 5 y 6 Nº 5-22, Barrio Unión, Barquisimeto, Estado Lara, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, el Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Nilda Lucrecia Hernández, ubicado en Carrera N. 14 entre 41 y 42, N. 41-46, Qta, Nancy, Barquisimeto Estado Lara, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión y a las que le imponga el Delegado de Prueba.